Gran recesión y crisis sanitaria: Las huellas de la COVID-19 •142• Con el propósito de empezar a cerrar estas brechas en el plan se identifica un conjunto de 52 proyectos priorizados por un valor de S/ 99 197 millones, de los cuales 31 corresponden al sector transporte y comunicaciones; 11 al sector energía; 6 a saneamiento y 4 a agricultura. El cuadro 10 muestra la distribución de los proyectos según modalidad de ejecución114. Como se aprecia, la modalidad APP autofinanciada es la modalidad predominante seguida de la modalidad de obra pública. Sin embargo, bajo la modalidad de APP cofinanciada se concentran los proyectos con mayor nivel de inversión promedio. Así, el nivel de inversión promedio en los proyectos bajo este tipo de modalidad asciende a S/ 4 119 millones por proyecto, mientras que en los proyectos bajo la modalidad de obra pública y APP autofinanciada la inversión promedio por proyecto asciende a S/ 1 809 millones y S/ 1 106 millones, respectivamente. Número de proyectos 18 11 17 6 S/ millones 19 904 45 305 30 755 3 233 En porcentaje 20.1 45.7 31 3.2 Compromiso de inversión APP autofinanciadas APP cofinanciadas Obra pública Proyectos en activos Cuadro 10 Perú: PROYECTOS priorizados según modalidad de ejecución Fuente: Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC). 114 En la modalidad de obra pública, la propiedad de los activos, así como la responsabilidad de la operación del proyecto es del Estado. En este caso la participación del sector privado se limita a la función de contratista. En contraste, las APP corresponden a una amplia variedad de asociaciones de largo plazo contractualmente pactadas en las que la propiedad de los activos la retiene el sector público, pero el inversionista privado quien asume total o parcialmente las obligaciones de diseño, construcción, financiamiento, operación y/o mantenimiento de la infraestructura y la correspondiente provisión a los usuarios. Dependiendo del origen de los flujos de retribución al concesionario, las APP pueden ser autofinanciadas ( i. e. la retribución proviene únicamente de las tarifas u otros cargos que pagan los usuarios y el Estado no otorga garantías financieras o no financieras al concesionario); o cofinanciadas ( i. e. la retribución de la inversión, operación o mantenimiento a cargo del concesionario se realiza mediante pagos periódicos del Estado o se otorga garantías financieras o no financieras al concesionario. Para una descripción más detallada de las APP véase Benavente y Segura (2017).
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