Estrategias para reconstruir el país

Gran recesión y crisis sanitaria: Las huellas de la COVID-19 •250• Nota: Información actualizada al 27 de agosto del 2020. Fuente: MEF. Elaboración propia. Monto S/ (millones) 15 401 200 1 170 301 485 295 653 836 922 1 227 828 120 1 391 13 316 6 644 Total Subsidio por incapacidad temporal para trabajadores diagnosticados de COVID-19 que tengan una remuneración menor a S/ 2 400. Subsidio monetario en el ámbito urbano a hogares pobres (S/ 380 por familia) primera tanda. Subsidio monetario a trabajadores independientes en vulnerabilidad (S/ 380 por familia) primera tanda. Subsidio a la planilla de las empresas que cubrirá el 35 % del sueldo de los trabajadores. Subsidio monetario a trabajadores independientes en vulnerabilidad (S/ 380 por familia) segunda tanda. Prestación económica de S/ 760 por cada mes que un trabajador se encuentren en una suspensión perfecta. Subsidio monetario en el ámbito rural a hogares pobres (S/ 760 por familia). Subsidio monetario en el ámbito urbano a hogares pobres (S/ 380 por familia) segunda tanda. Subsidio monetario que completa la entrega de un bono universal (S/ 760 por familia). Bono de electricidad de S/ 160 a favor de los usuarios residenciales focalizado. Subsidio económico a los prestadores del servicio de transporte terrestre de ámbito provincial. Ampliar la primera entrega de S/ 760 del bono universal (Midis). Subsidio económico indirecto a los pasajeros del sistema de corredores segregados de buses de alta capacidad (Cosac I). Ampliar la primera entrega de S/ 760 del bono universal (Mintra). Segunda entrega de S/ 760 del bono universal por parte del Midis y Mintra. Cuadro 23 Transferencias monetarias del Gobierno peruano (MILLONES de soles) En este último destacan el establecimiento, de manera excepcional y temporal, de nuevas tasas de depreciación para determinados bienes220 para los contribuyentes del régimen general del IR (S/ 1 440 millones) y la prórroga del Régimen Especial de Recuperación Anticipada (RERA) del IGV y ampliación excepcional de la cobertura221 para mypes (S/ 217 millones). 220 La depreciación de edificios y construcciones aumentaron de 5 a 20 por ciento; la de equipos de procesamiento de datos, de 25 a 50 por ciento; la de maquinaria y equipo, de 10 a 20 por ciento; la de vehículos de transporte terrestre, de 20 a 33.3 por ciento y la de vehículos de transporte terrestre híbridos o electrónicos de 20 a 50 por ciento. 221 Excepcionalmente, hasta el 31 de diciembre del 2021, podrán acogerse al RERA las empresas con ingresos netos anuales mayores a 300 UIT y hasta 2 300 UIT pertenecientes al Régimen MYPE Tributario o al Régimen General.

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