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Senace publica nuevo reglamento para consultoras ambientales

El Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) publicó el nuevo reglamento del registro nacional de consultoras ambientales (RNCA), mediante el Decreto Supremo Nº 026-2021-Minam.

La norma, destinada a mejorar el servicio que brindan las consultoras ambientales a los procesos de certificación ambiental a cargo del Senace, está dirigida a las consultoras que elaboran evaluaciones preliminares, estudios ambientales, términos de referencia, en el marco del sistema nacional de evaluación de impacto ambiental (Seia) y otros instrumentos de gestión ambiental complementarios.

Así, se espera modernizar el registro para el fomento de las inversiones sostenibles en el país, debido a que coadyuvará a la promoción de prácticas óptimas, uso de tecnología y estándares internacionales, para una mayor eficiencia y mejora de la calidad del servicio de elaboración de instrumentos de gestión ambiental, a cargo de las consultoras ambientales.

Lineamientos

Así, la norma establece el procedimiento y la modificación de inscripción de personas naturales o jurídicas en el RNCA, sus obligaciones, restricciones y cancelaciones. La inscripción prioriza la formación académica, la experiencia y solvencia profesional y la conformación de equipos multidisciplinarios en el caso de las personas jurídicas.

Respecto al Senace, le brinda el marco para la organización y la administración del registro, su actualización y sistematización en una base de datos única, de carácter público. Asimismo, publicar los indicadores de desempeño de las consultoras, ejercer la fiscalización posterior de la documentación que presentan y aplicar medidas para garantizar su correcto accionar.

Obligaciones

Las consultoras ambientales asumen responsabilidad por el contenido en su integridad, así como por la idoneidad de los métodos y herramientas utilizados en la elaboración de los estudios ambientales, términos de referencia e instrumentos de gestión ambiental complementarios al Seia, sus modificaciones y actualizaciones. Incluso están obligadas a proporcionar la información requerida por el Senace, en el marco de la actividad de fiscalización posterior a su cargo, señala el citado reglamento,

Gestión

Según la norma, todo documento presentado por las consultoras ambientales se presume veraz, sin perjuicio de los controles posteriores pertinentes.

Fuente: El Peruano

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