2023-07-07Lima, 07 de julio de 2023. “Los procesos de consulta previa, libre e informada deben tomar en cuenta la argumentación de las autoridades indígenas basadas en su espiritualidad, dando un significado a las propuestas de la consulta y a sus consecuencias para los pueblos”, reflexionó Alcibíades Escué, en la reciente edición del Jueves Minero organizado por el Instituto de Ingenieros de Minas del Perú.Reforzando lo anterior dicho, el exalcalde del municipio de Toribio en Colombia se refirió al Convenio 169 de la OIT, cuyo artículo 7.3 especifica que los gobiernos deberán velar por que se efectúen estudios a fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medioambiente que las actividades de desarrollo pueden tener sobre esos pueblos.“Para nuestras comunidades indígenas, el mineral no tiene valor en sí, expresa un sentimiento de vida. Por ejemplo, consideran que el oro tiene dos seres, el ser material expresado en el mineral propiamente dicho, y el ser espiritual expresado en las deidades de la naturaleza a las cuales hay que realizar una ofrenda para que nos permitan acceder a este recurso”, dijo. De esta manera, el defensor de los pueblos originarios enfatizó que la consulta previa no debe ser entendida solamente como un encuentro entre empresa y comunidades con el objetivo de conseguir el respaldo de la gente, sino como una oportunidad para comprender la cosmovisión indígena, y obtener la «autorización» social y espiritual para proceder con la extracción.Agencia de diálogo interculturalEn relación con lo precedente, el también miembro del Grupo de Diálogo sobre Minería (GDIAM) en Colombia, resaltó que esta organización propuso la creación de la Agencia Estatal para el Diálogo Intercultural, cuya misión será reconocer y proteger la diversidad étnica y cultural, coordinar y unificar competencias, e implementar mecanismos de diálogo intercultural.“Dicha agencia es un primer paso para una política pública de diálogo intercultural, pues se encargará de coordinar la actividad administrativa entre las trece entidades del nivel nacional, y entre estas y las entidades territoriales; así como de garantizar el derecho a la consulta previa y los demás derechos de los pueblos afrodescendientes, indígenas y tribales”, explayó.Seguidamente, Alcibíades Escué complementó que la citada agencia estatal se encontraría adscrita al Ministerio del Interior de su país, y sería de naturaleza especial, posicionándose dentro del sector descentralizado de la rama ejecutiva del orden nacional, y compuesta con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, técnica y financiera.Ajustes a la consulta previaFinalmente, el exalcalde del municipio de Toribio destacó que el GDIAM también propuso crear la garantía del derecho de la consulta previa, la cual contiene reglas explícitas para su correcta aplicación, como es, por ejemplo, que esta tenga un alcance claramente determinado sobre el territorio donde se tiene previsto el plan, programa o proyecto con afectación directa.“Asimismo, la mencionada garantía persigue que la consulta previa pueda realizarse en la oportunidad y localidad correctas, bajo la responsabilidad y liderazgo del Estado, con personas representativas y capacitadas de las comunidades certificadas, y considerando tres casos excepcionales de consentimiento libre, previo e informado”, puntualizó el especialista.
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