
Lima, 29 de diciembre de 2025. El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N.º 32537, norma que dispone la ejecución del Censo Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, como parte del proceso de ordenamiento, diagnóstico y formalización del sector a nivel nacional.
El censo será realizado de manera conjunta por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), el Ministerio de Energía y Minas (Minem) y el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet), entidades que tendrán a su cargo la recopilación, validación y sistematización de la información.
De acuerdo con la ley, el censo deberá iniciarse en un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigencia de la norma y concluir en un periodo no mayor de 12 meses.
La información que se recoja permitirá identificar el número de operadores de la pequeña minería y minería artesanal, su ubicación geográfica, tipo de actividad, condiciones de operación y situación frente a la formalización. Esta data será un insumo clave para sustentar la futura Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento.
Fuente: Rumbo Minero