
Lima, 30 de octubre de 2026. El nuevo proyecto de Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) debe ser explícito respecto a la responsabilidad de quienes se incorporen al proceso de formalización: estar inscritos en un registro no puede convertirse en una protección frente a la comisión de delitos. Así lo sostuvo el constitucionalista Samuel Abad, socio del estudio Hernández & Cía., durante su exposición en el Jueves Minero del Instituto de Ingenieros de Minas del Perú (IIMP), titulada “El Reinfo desde una mirada constitucional: una nueva demanda espera un fallo del TC”.
Abad propuso establecer medidas claras respecto al régimen de consolidación contemplado en el proyecto de Ley MAPE presentado por el Ministerio de Energía y Minas (Minem), que incorpora a quienes mantienen su inscripción en el Reinfo y les permite continuar temporalmente con sus actividades mineras en las coordenadas declaradas.
“Una lectura de esta disposición podría generar diversas interpretaciones, a veces se interpreta bien, mal o en función de quienes tienen ciertos intereses”, advirtió.
En ese sentido, consideró que la propuesta debe precisar que el nuevo régimen no supone una exención de responsabilidades. “La norma debería ser absolutamente clara diciendo no más inmunidad penal”, enfatizó.
El especialista remarcó que la discusión no debe limitarse al cambio de denominación del mecanismo de formalización, sino a las condiciones y efectos que establece. “El cambio de nombre, si tiene la misma esencia, no afecta el cuestionamiento constitucional que se puede hacer a esta norma en concreto”, explicó.
Una demanda pendiente ante el Tribunal Constitucional
Abad recordó que la quinta prórroga del Reinfo, establecida mediante la Ley 32537 hasta el 31 de diciembre de 2026, motivó una nueva demanda de inconstitucionalidad presentada por el Colegio de Abogados de Loreto, admitida a trámite por el Tribunal Constitucional. El abogado participa en este proceso junto con el especialista César Ipenza.
Como antecedente, mencionó un pronunciamiento anterior del TC que, aunque declaró improcedente una demanda contra una prórroga del Reinfo por sustracción de la materia, reconoció que la exención de responsabilidades había permitido que personas inscritas operaran “sin apego a la legalidad y exoneradas de toda sanción”.
Por ello, pidió al Tribunal convocar a una audiencia y resolver la nueva demanda antes de que venza la vigencia del registro, a fin de evitar que otra prórroga o modificación normativa impida un pronunciamiento sobre el fondo.
“Si se demoran, si esperan que pase Navidad, Año Nuevo, y dictan sentencia el próximo año, pueden terminar diciendo lo mismo que dijeron hace años atrás: sustracción de materia”, advirtió ante el auditorio del IIMP.
Finalmente, sostuvo que el TC debe establecer límites constitucionales para los futuros mecanismos de formalización minera. “No puedes aprobar un régimen que permite inmunidad penal, civil o administrativa”, concluyó.
Ver Jueves Minero completo: https://www.youtube.com/watch?v=X-payHlTSyo
Fotos: https://flic.kr/s/aHBqjD8Zwx